Política agrícola: derecho real de superficie (Nota II)

Ámbito Financiero, 14/04/05

Jesús Leguiza – Fundación Federar

Con el Derecho Real de Superficie Forestal y Frutícola (DRSFyF) la Argentina podrá multiplicar por 6 el área forestada y duplicará la superficie destinada a la fruticultura. Toda una oportunidad, principalmente ahora que se ha retomado el camino de la seguridad jurídica. Un proyecto de Ley que está listo y espera ser sancionado rápidamente.

La contribución de esta futura Ley –espero que así sea- será muy importante para el país. Ahora que nuevamente se puede empezar a programar inversiones de largo y que el país se ha retomado el camino de la seguridad jurídica. Existen más de 1.000.000 has forestadas y unas 600.000 has en fruticultura. Ambas actividades pueden multiplicarse en materia de superficies ocupadas y cultivadas. El Derecho Real de Superficie Forestal y Frutícola permitirá:

a) Realizar nuevas inversiones a menor costo: Al separar el dominio del suelo (la tierra) de lo implantado sobre la superficie, el DRSFyF permite realizar inversiones sin necesidad de comprar la tierra y, a su vez, el inversor forestal o frutícola tiene seguridad jurídica; solo necesita celebrar un contrato por la constitución de dicho derecho real y un arrendamiento a largo plazo. De esta manera se promociona la inversión forestal y, ahora también la inversión frutícola, con costos de inversiones inferiores y con seguridad jurídica. Por ejemplo, una hectárea de forestación en una de las zonas de mayor aptitud, Santo Tomé-Corrientes, donde la tierra cuesta alrededor de U$S 500 y otros tantos la implantación forestal, con el DRSFyF se podrá realizar con la mitad los recursos, es decir, se abaratará la inversión en un 50 %.

b) Mejorar la sanidad vegetal: En las áreas frutícolas, que son más de 600 mil hectáreas implantadas en todo el país, existen quintas, parcelas y fincas con montes abandonados por distintas razones: (propietarios mayores de edad que ya no pueden trabajar, propiedades con problemas legales o de herencia, propiedades dadas en garantía de operaciones bancarias o comerciales que se encuentran en gestión judicial, quiebras, etc.). Estas propiedades con montes abandonados constituyen un peligro para la sanidad vegetal, dado que son hospederos de plagas vegetales como la carpocapsa y la mosca de los frutos e impiden que los planes de lucha sanitaria logren sus objetivos de salvar o sortear las barreras para-arancelarias de las exportaciones de manzanas, peras, cítricos y otros productos agrícolas frescos destinados a Brasil, Europa, Japón y otros países.

Todas estas propiedades pueden entrar en producción mediante el acceso de nuevos inversores, quienes podrán realizar plantaciones contratando con los titulares el uso de la superficie de la misma, aumentando las inversiones y manteniendo los niveles y/o exigencias sanitarias. Los propietarios mantienen sus bienes y reciben una renta por arrendamiento.

c) Evitará la concentración de la propiedad en pocas manos: Con el Derecho Real de Superficie Forestal y Frutícola (DRSFyF) también se salva el problema de la virtual o real concentración de la tierra en pocas manos. Cualquier inversor, nacional o extranjero, puede realizar inversiones, forestales o frutícolas, sin necesidad de comprar la tierra y con la seguridad jurídica sobre su inversión. En la economía moderna el factor tierra ya no tiene la importancia de hace 100 ó más años atrás.

d) Permitirá más disponibilidad de tierras sin deforestar: En las áreas bajo riego del Alto Valle y Neuquén, Mendoza y todas las provincias cordilleranas, existen más de 1,5 millones de hectáreas con infraestructura de riego. Estas áreas están aprovechadas en un 40 %. La fruticultura bajo riego (carozo y pepita) puede crecer tres veces sin necesidad de realizar inversiones públicas monumentales. La superficie frutícola de secano (cítricos) también puede crecer varias veces, basta con recordar la importancia de los limones de Tucumán, los pomelos de Salta, las naranjas y mandarinas de la Mesopotamia. La superficie forestal implantada, que en Argentina son un poco más del millón de hectáreas, también puede crecer de 6 veces más sin competir con la agricultura o la ganadería y, por sobre todo, sin necesidad de deforestar o dañar el monte nativo.

Impacto

El DRSFyF puede tener tanto impacto como una verdadera revolución o un cambio tecnológico de envergadura, pues permitirá multiplicar las inversiones en actividades como las aludidas, con ocupación plena del territorio, con ocupación de mano de obra desempleada, favoreciendo la reactivación productiva, logrando nuevas producciones con mercados de exportación y favoreciendo el desarrollo económico de todo el país. Sin embargo, se requiere del apoyo institucional de las Asociaciones y Cámaras Empresarias para que soliciten el tratamiento urgente de los Sres. Diputados y Senadores de la Nación. Además, se descuenta el apoyo del Poder Ejecutivo y de los Gobernadores para que este proyecto de Ley, tan importante para la Argentina, no vuelva a perder estado parlamentario.

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